Persona como sujeto de imputación y dignidad humana / Alex Van Weezel.
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Analítica de revista | Biblioteca Central Colección General | General | DERECHO HUMANIDAD.-16/10 (Browse shelf(Opens below)) | 1 | Available | FICTICIO2144 |
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En: Revista Derecho y Humanidades, no. 16, vol. 1, 2010. pp. . ISSN: 69-79. 0716-9825.
La problemática del concepto de persona, como sujeto de imputación, constituye un elemento primordial a la hora de referirnos al derecho penal del enemigo. Y es que, para el autor, es posible vislumbrar dos conceptos diversos de persona, los cual permite acercarnos a la figura de la despersonalización. Al entenderla como tal, entramos en el ámbito de discusión de la existencia de un concepto funcional de persona. Dicho concepto se define según el sistema de relación de una determinada teória de la imputación. En ese sentido, si la realidad del derecho constituye una orientación válida en la actuación social, la renuncia a dicha realidad provoca una aporía que se vuelve insalbable para el sistema de derecho penal del enemigo, propuesto por Jakobs.
La problemática del concepto de persona, como sujeto de imputación, constituye un elemento primordial a la hora de referirnos al derecho penal del enemigo. Y es que, para el autor, es posible vislumbrar dos conceptos diversos de persona, los cual permite acercarnos a la figura de la despersonalización. Al entenderla como tal, entramos en el ámbito de discusión de la existencia de un concepto funcional de persona. Dicho concepto se define según el sistema de relación de una determinada teória de la imputación. En ese sentido, si la realidad del derecho constituye una orientación válida en la actuación social, la renuncia a dicha realidad provoca una aporía que se vuelve insalbable para el sistema de derecho penal del enemigo, propuesto por Jakobs.
La problem·tica del concepto de persona, como sujeto de imputaciÛn, constituye un elemento primordial a la hora de referirnos al derecho penal del enemigo. Y es que, para el autor, es posible vislumbrar dos conceptos diversos de persona, los cual permite acercarnos a la figura de la despersonalizaciÛn. Al entenderla como tal, entramos en el ·mbito de discusiÛn de la existencia de un concepto funcional de persona. Dicho concepto se define según el sistema de relaciÛn de una determinada teÛria de la imputaciÛn. En ese sentido, si la realidad del derecho constituye una orientaciÛn v·lida en la actuaciÛn social, la renuncia a dicha realidad provoca una aporÌa que se vuelve insalbable para el sistema de derecho penal del enemigo, propuesto por Jakobs.
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