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040 _aUAHC_CL
_cUAHC_CL
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100 1 _aContesse Singh, Jorge
245 1 4 _aLas instituciones funcionan :
_bLa falta de diálogo constitucional en Chile /
_cJorge Contesse Singh.
260 _bUniversidad de Chile, Facultad de Derecho
_c2008
_aSantiago, Chile
300 _ap. 51-72
500 _aEn: Revista Derecho y Humanidades, no. 14, 2008. pp. 51-72. ISSN: 0716-9825.
520 _aEn los últimos años se ha hecho un lugar común la comprensión de que es sano para la democracia el que actores políticos eviten comentar decisiones judiciales. Tal entendimiento, sostiene el autor, es normativamente indeseable y políticamente dañino. Tomando los casos de la "píldora del día después", revisa cómo es que en Chile los actores institucionales parecen disfrazar los argumentos constitucionales sustantivos que sus pares no institucionales elaboran, haciéndolos pasar por meras discusiones formales. Esta situación debilita la práctica constitucional y fomenta una actitu de consenso forzado. Si dicha práctica ha de reclamar consistencia, entonces es preciso incluir con especial fuerza normativa las construcciones de significado constitucional que actores sociales emprenden cuando, por ejemplo, litigan ante las Cortes.
520 _aEn los últimos años se ha hecho un lugar común la comprensión de que es sano para la democracia el que actores políticos eviten comentar decisiones judiciales. Tal entendimiento, sostiene el autor, es normativamente indeseable y políticamente dañino. Tomando los casos de la "píldora del día después", revisa cómo es que en Chile los actores institucionales parecen disfrazar los argumentos constitucionales sustantivos que sus pares no institucionales elaboran, haciéndolos pasar por meras discusiones formales. Esta situación debilita la práctica constitucional y fomenta una actitu de consenso forzado. Si dicha práctica ha de reclamar consistencia, entonces es preciso incluir con especial fuerza normativa las construcciones de significado constitucional que actores sociales emprenden cuando, por ejemplo, litigan ante las Cortes.
520 _aEn los últimos aÒos se ha hecho un lugar común la comprensiÛn de que es sano para la democracia el que actores polÌticos eviten comentar decisiones judiciales. Tal entendimiento, sostiene el autor, es normativamente indeseable y polÌticamente daÒino. Tomando los casos de la "pÌldora del dÌa despuÈs", revisa cÛmo es que en Chile los actores institucionales parecen disfrazar los argumentos constitucionales sustantivos que sus pares no institucionales elaboran, haciÈndolos pasar por meras discusiones formales. Esta situaciÛn debilita la pr·ctica constitucional y fomenta una actitu de consenso forzado. Si dicha pr·ctica ha de reclamar consistencia, entonces es preciso incluir con especial fuerza normativa las construcciones de significado constitucional que actores sociales emprenden cuando, por ejemplo, litigan ante las Cortes.
650 4 _aDERECHO
650 4 _aFUNDAMENTOS
_xDERECHO CONSTITUCIONAL
650 4 _aINTERPRETACION DEL DERECHO
650 4 _aCONSTITUCION
_zCHILE
759 _aPP144
773 0 _tRevista derecho y humanidades
_w030081
900 _aDERECHO HUMANIDAD.-14/08
942 _cREVA
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