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003 UAHC_CL
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008 100705s2010 cl f 000 spa
040 _aUAHC_CL
_cUAHC_CL
_dUAHC_CL
100 1 _aVan Weezel, Alex
245 1 0 _aPersona como sujeto de imputación y dignidad humana /
_cAlex Van Weezel.
260 _bUniversidad de Chile, Facultad de Derecho
_c2010
_aSantiago, Chile
300 _ap. 69-79
500 _aEn: Revista Derecho y Humanidades, no. 16, vol. 1, 2010. pp. . ISSN: 69-79. 0716-9825.
520 _aLa problemática del concepto de persona, como sujeto de imputación, constituye un elemento primordial a la hora de referirnos al derecho penal del enemigo. Y es que, para el autor, es posible vislumbrar dos conceptos diversos de persona, los cual permite acercarnos a la figura de la despersonalización. Al entenderla como tal, entramos en el ámbito de discusión de la existencia de un concepto funcional de persona. Dicho concepto se define según el sistema de relación de una determinada teória de la imputación. En ese sentido, si la realidad del derecho constituye una orientación válida en la actuación social, la renuncia a dicha realidad provoca una aporía que se vuelve insalbable para el sistema de derecho penal del enemigo, propuesto por Jakobs.
520 _aLa problemática del concepto de persona, como sujeto de imputación, constituye un elemento primordial a la hora de referirnos al derecho penal del enemigo. Y es que, para el autor, es posible vislumbrar dos conceptos diversos de persona, los cual permite acercarnos a la figura de la despersonalización. Al entenderla como tal, entramos en el ámbito de discusión de la existencia de un concepto funcional de persona. Dicho concepto se define según el sistema de relación de una determinada teória de la imputación. En ese sentido, si la realidad del derecho constituye una orientación válida en la actuación social, la renuncia a dicha realidad provoca una aporía que se vuelve insalbable para el sistema de derecho penal del enemigo, propuesto por Jakobs.
520 _aLa problem·tica del concepto de persona, como sujeto de imputaciÛn, constituye un elemento primordial a la hora de referirnos al derecho penal del enemigo. Y es que, para el autor, es posible vislumbrar dos conceptos diversos de persona, los cual permite acercarnos a la figura de la despersonalizaciÛn. Al entenderla como tal, entramos en el ·mbito de discusiÛn de la existencia de un concepto funcional de persona. Dicho concepto se define según el sistema de relaciÛn de una determinada teÛria de la imputaciÛn. En ese sentido, si la realidad del derecho constituye una orientaciÛn v·lida en la actuaciÛn social, la renuncia a dicha realidad provoca una aporÌa que se vuelve insalbable para el sistema de derecho penal del enemigo, propuesto por Jakobs.
650 4 _aLIBERTAD
650 4 _aCONCIENCIA (MORAL)
650 4 _aIDENTIDAD
650 4 _aDERECHO PENAL
759 _aPP144
773 0 _tRevista derecho y humanidades
_w030081
900 _aDERECHO HUMANIDAD.-16/10
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