000 04255cab a2200265 a 4500
001 037225
003 UAHC_CL
005 20170803124114.0
008 091021b2004 cl 000 spa
040 _aUAHC_CL
_cUAHC_CL
_dUAHC_CL
100 1 _aColombo, Ariel H.
245 1 4 _aLos límites impuestos a la desobediencia civil :
_buna revisión /
_cAriel H. Colombo.
260 _bUniversidad Bolivariana
_aSantiago, Chile
_c2005
300 _ap. 377-390
500 _aEn: Polis. Revista de la Universidad Bolivariana. Vol. 4, no. 11, 2005. pp. 377-390. ISSN: 0717-6554.
520 _aEl artículo revisa -tomando como referencia el episodio de un bloqueo de vías en Argentina durante siete días con sus noches, por parte de los habitantes de las localidades de Cutralco y Plaza Huincul, Argentina, con motivo de la privatización de YPF- el debate sobre la desobediencia civil, que es usualmente entendida como una desobediencia por la fuerza al orden constitucional. El autor desarrolla los componentes que la desobediencia civil tiene de específico, a saber: es disruptiva, pacífica, autónoma y recursiva; esto último porque debe vincularse internamente con el mismo tipo de reglas que le reclama al sistema. Ello, dice, la convierte en una práctica excepcional, pero ello no implica que se incurra en una idealización. Plantea luego que, en lugar de encapsular a la desobediencia civil dentro de los moldes del liberalismo, buscando el menor costo posible para el Estado de derecho, y convertirla en inofensiva para que sea legítima, habría que redefinirla a partir de los ideales procedimentales que presuponemos en cualquier práctica social.
520 _aEl artículo revisa -tomando como referencia el episodio de un bloqueo de vías en Argentina durante siete días con sus noches, por parte de los habitantes de las localidades de Cutralco y Plaza Huincul, Argentina, con motivo de la privatización de YPF- el debate sobre la desobediencia civil, que es usualmente entendida como una desobediencia por la fuerza al orden constitucional. El autor desarrolla los componentes que la desobediencia civil tiene de específico, a saber: es disruptiva, pacífica, autónoma y recursiva; esto último porque debe vincularse internamente con el mismo tipo de reglas que le reclama al sistema. Ello, dice, la convierte en una práctica excepcional, pero ello no implica que se incurra en una idealización. Plantea luego que, en lugar de encapsular a la desobediencia civil dentro de los moldes del liberalismo, buscando el menor costo posible para el Estado de derecho, y convertirla en inofensiva para que sea legítima, habría que redefinirla a partir de los ideales procedimentales que presuponemos en cualquier práctica social.
520 _aEl artÌculo revisa -tomando como referencia el episodio de un bloqueo de vÌas en Argentina durante siete dÌas con sus noches, por parte de los habitantes de las localidades de Cutralco y Plaza Huincul, Argentina, con motivo de la privatizaciÛn de YPF- el debate sobre la desobediencia civil, que es usualmente entendida como una desobediencia por la fuerza al orden constitucional. El autor desarrolla los componentes que la desobediencia civil tiene de especÌfico, a saber: es disruptiva, pacÌfica, autÛnoma y recursiva; esto último porque debe vincularse internamente con el mismo tipo de reglas que le reclama al sistema. Ello, dice, la convierte en una pr·ctica excepcional, pero ello no implica que se incurra en una idealizaciÛn. Plantea luego que, en lugar de encapsular a la desobediencia civil dentro de los moldes del liberalismo, buscando el menor costo posible para el Estado de derecho, y convertirla en inofensiva para que sea legÌtima, habrÌa que redefinirla a partir de los ideales procedimentales que presuponemos en cualquier pr·ctica social.
650 4 _aDesobediencia Civil
759 _aPP103
773 0 _tPolis : Revista de la Universidad Bolivariana.
_w037122
856 _uhttp://www.revistapolis.cl/polis%20final/11/colo.htm
_3Acceso electrónico al documento
_yAcceso electrónico al documento
856 _uhttp://www.revistapolis.cl/polis%20final/11/colo.htm
_3Acceso electrónico al documento
_yAcceso electrónico al documento
900 _aPOLIS-11/05
942 _cREVA
999 _c37225
_d37225