000 | 03521cab a2200253 a 4500 | ||
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001 | 041642 | ||
003 | UAHC_CL | ||
005 | 20170803124610.0 | ||
008 | 050805b xx j 000 1 spa | ||
040 |
_aUAHC_CL _cUAHC_CL _dUAHC_CL |
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100 | 1 | _aHenríquez Herrera, Ian | |
245 | 1 | 3 |
_aLa regla de la ventaja para el concebido y el aforismo "infans conceptus pro iam nato habetur" en el derecho civil chileno / _cIan Henríquez Herrera. |
500 | _aEn: Revista de derecho de la Pontificia Universidad Católica de Valparaíso, n˚27, p. 87-113. ISSN 0716-1883 | ||
500 | _aEn: Revista de derecho de la Pontificia Universidad Católica de Valparaíso, n°27, p. 87-113. ISSN 0716-1883 | ||
500 | _aEn: Revista de derecho de la Pontificia Universidad CatÛlica de ValparaÌso, nç27, p. 87-113. ISSN 0716-1883 | ||
520 | _aSe estudian los antecedentes de la regla de la ventaja para el concebido o doctrina del commodum, según la cual al concebido se le tiene en el derecho por nacido para todo lo que le favorezca. Se estudia también su cristalización posterior en un aforismo: infans conceptus pro iam nato habetur; su recepción en las codificaciones decimonónicas, y en especial, en la chilena. A partir de ello, se analizan las fundamentales que han recibido la regla y el aforismo, que han sido básicamente dos: la tesis de la paridad, de raíz romano justinianea y recepcionada en el derecho castellano, y la tesis de la ficción, de origen pandectístico, y recepcionada principalmente en el BGB y en el Código Civil italiano de 1942. Finalmente, se examina en cuál tradición se inserta la protección del concebido en nuestro Código Civil. | ||
520 | _aSe estudian los antecedentes de la regla de la ventaja para el concebido o doctrina del commodum, según la cual al concebido se le tiene en el derecho por nacido para todo lo que le favorezca. Se estudia también su cristalización posterior en un aforismo: infans conceptus pro iam nato habetur; su recepción en las codificaciones decimonónicas, y en especial, en la chilena. A partir de ello, se analizan las fundamentales que han recibido la regla y el aforismo, que han sido básicamente dos: la tesis de la paridad, de raíz romano justinianea y recepcionada en el derecho castellano, y la tesis de la ficción, de origen pandectístico, y recepcionada principalmente en el BGB y en el Código Civil italiano de 1942. Finalmente, se examina en cuál tradición se inserta la protección del concebido en nuestro Código Civil. | ||
520 | _aSe estudian los antecedentes de la regla de la ventaja para el concebido o doctrina del commodum, según la cual al concebido se le tiene en el derecho por nacido para todo lo que le favorezca. Se estudia tambiÈn su cristalizaciÛn posterior en un aforismo: infans conceptus pro iam nato habetur; su recepciÛn en las codificaciones decimonÛnicas, y en especial, en la chilena. A partir de ello, se analizan las fundamentales que han recibido la regla y el aforismo, que han sido b·sicamente dos: la tesis de la paridad, de raÌz romano justinianea y recepcionada en el derecho castellano, y la tesis de la ficciÛn, de origen pandectÌstico, y recepcionada principalmente en el BGB y en el CÛdigo Civil italiano de 1942. Finalmente, se examina en cu·l tradiciÛn se inserta la protecciÛn del concebido en nuestro CÛdigo Civil. | ||
650 | 4 | _aDERECHO CIVIL | |
653 | _aDERECHO | ||
759 | _aPP131 | ||
773 | 0 |
_tRevista de derechos del niño _w040303 |
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900 | _aREVISTA DE DERECHO-27/06 | ||
942 | _cREVA | ||
999 |
_c41642 _d41642 |