000 01656cam a2200193 a 4500
001 027155
003 UAHC_CL
005 20251126165554.0
008 251126s1959 us 000 spa
040 _aUAHC_CL
_cUAHC_CL
_dUAHC_CL
110 _aNaciones Unidas
_96026
245 1 0 _aConvención sobre el reconocimiento y la ejecución de las sentencias arbitrales extranjeras (Nueva York, 1958) :
_b("Convención de Nueva York")
_cNaciones Unidas.
264 _aSantiago, Chile :
_bTribunal Constitucional,
_c2011.
300 _a1 página.
500 _aSitio visitado https://uncitral.un.org/es/texts/arbitration/conventions/foreign_arbitral_awards el 25 de noviembre de 2025.
520 _aReconociendo la importancia creciente del arbitraje internacional como medio de resolver las controversias comerciales internacionales, la Convención de las Naciones Unidas sobre el Reconocimiento y la Ejecución de las Sentencias Arbitrales Extranjeras (la Convención) trata de establecer normas legislativas comunes para el reconocimiento de los acuerdos o pactos de arbitraje y el reconocimiento y la ejecución de las sentencias o laudos arbitrales extranjeros y no nacionales. Por "sentencias o laudos no nacionales" se entiende aquellos que, si bien han sido dictados en el Estado donde se prevé su ejecución, son considerados "extranjeros" por la ley de ese Estado porque el procedimiento seguido conlleva algún elemento de extranjería, por ejemplo cuando se apliquen normas procesales de otro Estado.
856 _3Acceso electrónico al documento
_uhttps://uncitral.un.org/es/texts/arbitration/conventions/foreign_arbitral_awards
942 _cRL
_2ddc
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